viernes, 12 de noviembre de 2010

Cuestión de fe

Pasaré a comentar los artículos que forman la propuesta de Derechos del Ciberespacio, antes de sacar ninguna conclusión:
-Art1: Creo que el más básico de los principios, un afirmamiento del derecho de expresión.
-Art2: Todos tenemos derecho a estos derechos, valga la redundancia. Me llama la atención el comentario sobre el acceso a internet, sinceramente, no sé qué tiene que ver.
-Art3: La necesidad de sentirnos seguros, creo que ya estamos empezando a pedir más de lo que podemos.
-Art4: Derecho a la protección de datos, de acuerdo.
-Art5: Derecho a no recibir más "spam", muy bueno, pero no recuerdo que en los derechos humanos haya algo similar con que dejen de bombardearnos con continuas publicidades o sobreinformaciones. Aún así, que no sea por pedir, bien.
- Art6: El derecho al acceso libre estará supervisado por el derecho de admisión del sitio web donde entremos. Contradicciones de derechos.
-Art7: Todas la leyes de la vida real se aplicarán a la virtual, salvo la excepción del procesamiento de datos que dependerá de las normativas existentes al respecto.
-Art8: Me gusta el matiz "efectivo" al referirse que tenemos el derecho a recurrir a la justicia.
-Art9: Creo que este artículo se tendría que recoger dentro del derecho de privacidad y a la vez especificar las excepciones.
-Art10: Creo que también se repite, lo resumiría junto al artículo 8.
-Art11: Uy, uy, uy... cuidado, cuidado. Hay que detallar hasta que punto están obligados los gobiernos, ¿internet gratis de banda ancha 24 horas? o ¿5 minutos de acceso restringido desde una biblioteca pública?
-Art12: Abajo los monopolios, de acuerdo.
-Art13: Una mezcla de los derechos anteriormente expuestos sobre la libertad de expresión, de acceso y igualdad.
-Art14: Entiendo perfectamente el derecho a elegir proveedor, pero de nuevo me surge la duda de hasta qué punto el gobierno debe pagar la conexión a los que no pueden.
-Art 15: ¿qué entendemos por poco razonables?
-Art16: De acuerdo, aunque tengo mi debate interno sobre qué se entiende por libertad... mejor otro día.
-Art17: De verdad que pienso que hay artículos que se repiten, en este caso con el derecho de privacidad y protección de datos.
-Art18: Idem... derecho de acceso.
-Art19: Hasta ahora el que más me gusta, será que será en mi opinión el más necesario y el más realista.
-Art20: Claro, ya lo dice el artículo 7.
-Art21: Derechos de autor... más tarde hablaremos del copyright.
-Art22: Derecho a que estos 24 "deseos de navidad" o derechos del ciberespacio se hagan realidad, jaja... muy bueno.
-Art23: ¡Olé! De verdad que no me esperaba esto a estas alturas, y menos después del artículo 22. Ahora resulta que hay que ser realistas y responsables. Haber empezado por ahí... ahora sí.
-Art24: Respetemos los derechos anteriores. Fin.

Bueno, pues será que deje de creer en la ONU y sus derechos antes que en los Reyes Magos, o será que estoy harto de buenas intenciones, no lo sé. De cualquier modo, ¿derechos para circular por Internet? Sí, PERO acompañado de unas obligaciones. De ahí que el artículo 19 y 23 son para mí el verdadero eje de un uso adecuado en la red. En lo referente al resto, me parecen muy bonitos y utópicos, por ello no creo que haya que desistir en su lucha ("¿Para qué sirve una Utopía?... Para avanzar ante lo imposible" E. Galeano). Vale contar con mi firma para llevar la propuesta adelante. Pero sinceramente, no estamos preparados para estos derechos. Entre otras cosas es necesario tal y como la propia declaración sugiere: una justicia efectiva. Hoy no la tenemos o por lo menos no creo que sea efectiva. Tampoco creo que se consiga una seguridad en el uso de la red, sencillamente porque no podemos estar seguros de nada... mañana no saldrá el sol, tu mujer te abandonará, España ganará un Mundial... ¿quién es el listo que puede tener esa certeza? Nadie. Por tanto, no puedes estar seguro de nada. Escalofriante ¿verdad?, bienvenido a la vida real... y virtual ya de paso.

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